Documento oficial
Condiciones de participación en la rifa organizada por Memo Rifas, debidamente autorizada por la Empresa Departamental para la Salud de Caldas – EDSA.
Los presentes Términos y Condiciones regulan la participación en la rifa organizada por Memo Rifas (en adelante, "el Organizador"), domiciliada en la ciudad de Manizales, Caldas, Colombia, y representada por Mateo Gómez Salgado.
La rifa se encuentra debidamente autorizada por la Empresa Departamental para la Salud de Caldas – EDSA, mediante Resolución N° 271 del 24 de julio de 2026. El desarrollo de este evento se rige por la Ley 643 de 2001, el Decreto 1968 de 2001 y demás normas concordantes sobre juegos de suerte y azar en Colombia.
El Premio Mayor de la rifa, reconocido oficialmente bajo la autorización de la Lotería de Boyacá, corresponde a:
Adicionalmente, el Organizador entrega como obsequio promocional privado, independiente del premio oficial de lotería, el siguiente bien:
Este obsequio se entrega a título de incentivo promocional privado y no constituye parte del premio oficial del juego de suerte y azar autorizado por la Lotería de Boyacá. La distinción entre premio oficial y obsequio promocional obedece al régimen jurídico aplicable a los juegos de suerte y azar en Colombia. Ambos bienes serán entregados al ganador conforme a lo dispuesto en estos términos.
El sorteo del Premio Mayor se realizará el día 26 de septiembre de 2026, con las cuatro (4) cifras del Premio Mayor de la Lotería de Boyacá correspondientes a esa fecha. La boleta cuyo número coincida exactamente con dichas cuatro cifras será la boleta ganadora.
En caso de que el número ganador no haya sido vendido, o que la boleta ganadora no cumpla con las condiciones de pago requeridas para el Premio Mayor (boleta completamente cancelada), se procederá a seleccionar un nuevo ganador conforme al mismo mecanismo del sorteo, es decir, tomando el número inmediatamente siguiente disponible en la secuencia de la misma lotería, o el mecanismo alternativo que el Organizador defina y comunique oportunamente, garantizando en todo caso la transparencia del proceso.
El Organizador podrá modificar la fecha del sorteo u otras condiciones operativas por motivos de fuerza mayor, caso fortuito o disposición de autoridad competente, garantizando siempre la transparencia del proceso y comunicando los cambios a los participantes mediante los canales oficiales de Memo Rifas.
El valor de cada boleta es de noventa mil pesos colombianos ($90.000 COP).
El pago puede realizarse de manera total o por abonos parciales, sujeto a las condiciones de participación establecidas en la Sección 5 del presente documento. Las formas de pago habilitadas son:
El número de boleta queda reservado al nombre del comprador desde el momento del primer abono, siempre que este cumpla con el porcentaje mínimo requerido. El número asignado es definitivo y no se permuta ni se cambia bajo ninguna circunstancia.
5.1 · Premio Mayor — Sorteo 26 de septiembre de 2026
Para ser elegible al Premio Mayor, la boleta deberá encontrarse completamente cancelada a la fecha del sorteo, es decir, el participante debe haber pagado la totalidad de los $90.000 COP. Las boletas con saldo pendiente no participarán en el sorteo principal, independientemente del porcentaje abonado.
5.2 · Obsequios Anticipados
Los anticipados son sorteos previos al Premio Mayor, con los siguientes premios y fechas:
Las boletas que no cumplan este requisito quedarán excluidas del anticipado correspondiente, aunque conservan su participación en sorteos futuros si alcanzan el porcentaje requerido antes de la siguiente fecha. Los anticipados se realizarán conforme al mismo mecanismo del sorteo principal, basado en las cifras de la Lotería de Boyacá en la fecha indicada para cada uno.
La participación en la rifa Memo Rifas es un acto voluntario y consciente. Una vez realizado cualquier pago o abono sobre una boleta, no procede la devolución del dinero bajo ninguna circunstancia, incluyendo pero sin limitarse a:
Esta disposición está amparada en el régimen de juegos de suerte y azar vigente en Colombia (Ley 643 de 2001 y Decreto 1968 de 2001), así como en las condiciones explícitamente aceptadas al momento de la compra.
El Premio Mayor y el Obsequio Promocional serán entregados al titular registrado de la boleta ganadora. El ganador deberá acreditar su identidad mediante documento de identificación válido (cédula de ciudadanía o documento equivalente) y demostrar la titularidad de la boleta ganadora.
Los bienes serán entregados dentro de un plazo razonable posterior a la verificación del ganador. El Organizador se comunicará con el ganador a través de los datos de contacto registrados al momento de la compra de la boleta.
En ningún caso habrá lugar a pago en efectivo como sustituto del Premio Mayor, el Obsequio Promocional o cualquier anticipado, a menos que el Organizador así lo decida expresamente por escrito.
El Organizador no se responsabiliza por acuerdos, negociaciones, cesiones, traspasos o cualquier tipo de transacción celebrada entre terceros en relación con la compra, venta o transferencia de boletas. La responsabilidad del Organizador se limita exclusivamente al titular registrado de la boleta en su sistema al momento del sorteo.
Si un participante cede o transfiere su boleta a un tercero, deberá notificarlo al Organizador con antelación suficiente para que el cambio de titularidad quede debidamente registrado. Sin registro previo, el Organizador reconocerá como ganador únicamente al titular registrado en su base de datos.
De conformidad con la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 sobre protección de datos personales en Colombia, el participante, al adquirir una boleta de Memo Rifas, autoriza de manera expresa, libre e informada a Memo Rifas para:
Los datos personales recolectados no serán cedidos, vendidos ni transferidos a terceros para fines distintos a los aquí descritos. El participante podrá ejercer sus derechos de acceso, corrección, actualización y supresión de datos comunicándose con el Organizador a través de los canales oficiales. La supresión de datos durante la vigencia de la rifa podría implicar la imposibilidad de contactar al participante en caso de resultar ganador.
La rifa Memo Rifas es organizada exclusivamente por:
Cualquier comunicación, reclamación o consulta relacionada con la rifa deberá realizarse a través de los canales oficiales de Memo Rifas. El Organizador no se responsabiliza por información suministrada a través de canales no autorizados o por personas ajenas a la organización.
La participación en la rifa Memo Rifas, a través de la adquisición total o parcial de una boleta, implica la aceptación total, plena e irrevocable de todos los presentes Términos y Condiciones, así como de las cláusulas impresas en la boleta física, las cuales hacen parte integral de este documento.
El Organizador se reserva el derecho de modificar los presentes términos por causas de fuerza mayor o disposición legal, informando oportunamente a los participantes a través de los canales oficiales y garantizando en todo momento la transparencia y la legalidad del proceso.